Versiones comparadas

Clave

  • Se ha añadido esta línea.
  • Se ha eliminado esta línea.
  • El formato se ha cambiado.


Normativa de aulas de informática
Versión aprobada en el Consejo de Gobierno de 30-4-2008

Ámbito de aplicación


La presente normativa se aplica al uso de los recursos informáticos que se encuentren localizados en las aulas de informática de la de Universidad de Salamanca.

Tipos de aulas de informática


Se distinguen los siguientes tipos de aulas de informática:

  • Aulas de informática para docencia reglada.- El uso de estas aulas es exclusivamente docente. Pueden existir aulas campus y, excepcionalmente y previa autorización del Equipo de Gobierno, aulas de docencia específica para distintas titulaciones que así lo requieran. El resto de las actividades a las que se destine el aula se supeditarán a la programación docente. Cuando el aula esté disponible (bien porque no haya sido reservada para docencia o bien por anulación de la misma) pasará automáticamente a uso libre por cualquier persona de la comunidad universitaria en el caso de las aulas campus o por cualquier estudiante de la titulación en el caso de aulas específicas de una titulación.
  • Espacios de uso libre.- Cuyo fin será atender las demandas del usuario siempre destinadas a actividades complementarias a la docencia impartida y con fines educativos. Podrán ser aulas en horarios que no interfieran con la docencia y espacios especialmente destinados a este uso.
  • Aulas de informática para formación continua.- Pueden existir aulas de informática en la Universidad destinadas a fines docentes no reglados, fundamentalmente orientadas a la formación continua de la comunidad universitaria y/o a la formación continua de profesionales externos a la Universidad.

Modelo de gestión


Las aulas están distribuidas por Centros y su uso se organiza en zonas de campus.
Los Servicios Informáticos son los únicos responsables de la gestión y del mantenimiento de los equipos y sistemas instalados en las aulas de informática con el objetivo de optimizar su uso y los recursos necesarios para su mejor explotación.
Corresponde a los Servicios Informáticos el diseño, la configuración y la administración de las aulas de informática, así como la realización de posteriores estudios y ejecuciones de ampliación o reforma de las mismas. Las propuestas de nuevas aulas o de modificaciones en las existentes se realizarán sobre la base de las necesidades detectadas por los Equipos de Dirección de los Centros o por requerimientos
estratégicos de la Universidad, en cualquier caso requerirán la autorización del Vicerrectorado competente.
Salvo casos excepcionales y aprobados por el Vicerrectorado competente, la administración y gestión técnica del aula le corresponderá a los técnicos y a las técnicas responsables de las aulas (en adelante personal técnico) dependiente funcional y orgánicamente de los Servicios Informáticos. Dentro del organigrama de los Servicios Informáticos habrá una persona que asuma la coordinación general de todas las aulas de informática.
Los Equipos de Dirección de los Centros, con el objeto de buscar el máximo rendimiento y amortización de los equipos informáticos, así como ampliar la prestación de los servicios a la comunidad universitaria, fijarán el horario de apertura de las aulas de informática procurando que coincida con el del Centro.

Funcionamiento de las aulas de informática


Las aulas y equipos informáticos incluidos en el ámbito de aplicación de las presentes normas podrán ser objeto de los siguientes regímenes de uso:

...


Los programas instalados en las aulas son de dos tipos:

  1. Los que conforman el sistema nuclear de la docencia: sistemas operativos, ofimática, aplicaciones de Internet, licencias de Campus y licencias adquiridas desde los Servicios Informáticos, previamente aprobadas por el Equipo de Gobierno y cuya gestión corresponde a la persona responsable de la coordinación de las aulas de informática. En este caso, el personal técnico es el responsable de su funcionamiento. Se trata de programas con las correspondientes licencias. Los conflictos de instalación entre los programas necesarios serán resueltos por el personal técnico.
  2. Programas proporcionados por el profesorado. En este caso la responsabilidad del personal técnico consiste exclusivamente en la instalación del mismo. Para ello, deben ser entregados al personal técnico con suficiente antelación. El personal técnico no se hace responsable del correcto funcionamiento de este tipo de software, ni tampoco será responsable de solucionar los problemas derivados de ello. La Universidad de Salamanca no asume los riesgos legales de la ausencia de licencia y será responsabilidad única y exclusiva del personal docente que lo proporcionó para su uso.

...

  • Se promoverá el uso de software libre, y se permitirá, en caso de ser necesario, el uso de software propietario.
  • Se promoverá siempre que sea factible, la posibilidad de elección entre un sistema operativo propietario y un sistema operativo software libre.
  • En cualquier plataforma de trabajo se tendrá instalada un paquete ofimático software libre, una navegador software libre, así como las herramientas necesarias para crear y/o visualizar documentos en los formatos estándares recogidos en la normativa de la Universidad de Salamanca para este fin.

Normas generales de uso


A las aulas de informática se les aplica la normativa general de funcionamiento de las aulas de la Universidad de Salamanca, por lo que está prohibido fumar, comer, beber y/o usar el teléfono móvil (salvo con fines docentes). Con carácter específico en las aulas de informática queda terminantemente prohibido:

...

  • Conectar a la red eléctrica o de datos cualquier dispositivo ajeno al aula sin previa autorización.
  • Realizar cualquier otra actividad que comprometiese la seguridad de los sistemas informáticos de la Universidad de Salamanca o de otras entidades.

Usuarios y usuarias de las aulas de informática


A los efectos de las presentes normas se consideran usuarios y usuarias de las aulas informáticas:

...

Son derechos de los usuarios de las aulas informáticas:

  • Utilizar las aulas de conformidad con las siguientes normas y en régimen de igualdad.
  • Formular cuantas sugerencias estimen oportunas para mejorar el servicio.


Son obligaciones de los usuarios:

  • Utilizar las aulas informáticas de conformidad al régimen de uso que sea aplicable. Las aulas de informática están concebidas como herramienta de apoyo a la docencia y formación del alumnado. Tanto los programas instalados como la red de datos existente, tienen ese cometido.
  • Acceder a su uso de acuerdo con las condiciones y horarios previstos al efecto.

...

  • Respetar el régimen de horarios y de limitación de tiempo de uso de los equipos.
  • Facilitar la actividad de vigilancia y supervisión del personal encargado del aula, proporcionándole los datos que de conformidad con las presentes normas sean preceptivos para acceder al uso de las aulas.
  • Poner en conocimiento del personal encargado del aula cualquier incidencia que suceda en los equipos.
  • Someterse al procedimiento de comprobación de virus que en su caso se establezca.


8. Incumplimiento


El incumplimiento de las normas de uso establecidas en esta normativa conllevará la expulsión del aula, poniéndose en conocimiento de las autoridades competentes para que procedan, en su caso, a la adopción de las medidas disciplinarias o de otra naturaleza, en particular, de responsabilidad patrimonial.

Esta normativa entrará en vigor desde el día posterior a su aprobación en Consejo de Gobierno.