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Clave

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Normativa de aulas de informática
Versión aprobada en el Consejo de Gobierno de 30-4-2008

Ámbito de aplicación


La presente normativa se aplica al uso de los recursos informáticos que se encuentren localizados en las aulas de informática de la de Universidad de Salamanca.

Tipos de aulas de informática


Se distinguen los siguientes tipos de aulas de informática:

  • Aulas de informática para docencia reglada.- El uso de estas aulas es exclusivamente docente. Pueden existir aulas campus y, excepcionalmente y previa autorización del Equipo de Gobierno, aulas de docencia específica para distintas titulaciones que así lo requieran. El resto de las actividades a las que se destine el aula se supeditarán a la programación docente. Cuando el aula esté disponible (bien porque no haya sido reservada para docencia o bien por anulación de la misma) pasará automáticamente a uso libre por cualquier persona de la comunidad universitaria en el caso de las aulas campus o por cualquier estudiante de la titulación en el caso de aulas específicas de una titulación.
  • Espacios de uso libre.- Cuyo fin será atender las demandas del usuario siempre destinadas a actividades complementarias a la docencia impartida y con fines educativos. Podrán ser aulas en horarios que no interfieran con la docencia y espacios especialmente destinados a este uso.
  • Aulas de informática para formación continua.- Pueden existir aulas de informática en la Universidad destinadas a fines docentes no reglados, fundamentalmente orientadas a la formación continua de la comunidad universitaria y/o a la formación continua de profesionales externos a la Universidad.

Modelo de gestión


Las aulas están distribuidas por Centros y su uso se organiza en zonas de campus.
Los Servicios Informáticos son los únicos responsables de la gestión y del mantenimiento de los equipos y sistemas instalados en las aulas de informática con el objetivo de optimizar su uso y los recursos necesarios para su mejor explotación.
Corresponde a los Servicios Informáticos el diseño, la configuración y la administración de las aulas de informática, así como la realización de posteriores estudios y ejecuciones de ampliación o reforma de las mismas. Las propuestas de nuevas aulas o de modificaciones en las existentes se realizarán sobre la base de las necesidades detectadas por los Equipos de Dirección de los Centros o por requerimientos
estratégicos de la Universidad, en cualquier caso requerirán la autorización del Vicerrectorado competente.
Salvo casos excepcionales y aprobados por el Vicerrectorado competente, la administración y gestión técnica del aula le corresponderá a los técnicos y a las técnicas responsables de las aulas (en adelante personal técnico) dependiente funcional y orgánicamente de los Servicios Informáticos. Dentro del organigrama de los Servicios Informáticos habrá una persona que asuma la coordinación general de todas las aulas de informática.
Los Equipos de Dirección de los Centros, con el objeto de buscar el máximo rendimiento y amortización de los equipos informáticos, así como ampliar la prestación de los servicios a la comunidad universitaria, fijarán el horario de apertura de las aulas de informática procurando que coincida con el del Centro.

Funcionamiento de las aulas de informática


Las aulas y equipos informáticos incluidos en el ámbito de aplicación de las presentes normas podrán ser objeto de los siguientes regímenes de uso:

...

  • Se promoverá el uso de software libre, y se permitirá, en caso de ser necesario, el uso de software propietario.
  • Se promoverá siempre que sea factible, la posibilidad de elección entre un sistema operativo propietario y un sistema operativo software libre.
  • En cualquier plataforma de trabajo se tendrá instalada un paquete ofimático software libre, una navegador software libre, así como las herramientas necesarias para crear y/o visualizar documentos en los formatos estándares recogidos en la normativa de la Universidad de Salamanca para este fin.

Normas generales de uso


A las aulas de informática se les aplica la normativa general de funcionamiento de las aulas de la Universidad de Salamanca, por lo que está prohibido fumar, comer, beber y/o usar el teléfono móvil (salvo con fines docentes). Con carácter específico en las aulas de informática queda terminantemente prohibido:

...

  • Conectar a la red eléctrica o de datos cualquier dispositivo ajeno al aula sin previa autorización.
  • Realizar cualquier otra actividad que comprometiese la seguridad de los sistemas informáticos de la Universidad de Salamanca o de otras entidades.

Usuarios y usuarias de las aulas de informática


A los efectos de las presentes normas se consideran usuarios y usuarias de las aulas informáticas:

...

  • Respetar el régimen de horarios y de limitación de tiempo de uso de los equipos.
  • Facilitar la actividad de vigilancia y supervisión del personal encargado del aula, proporcionándole los datos que de conformidad con las presentes normas sean preceptivos para acceder al uso de las aulas.
  • Poner en conocimiento del personal encargado del aula cualquier incidencia que suceda en los equipos.
  • Someterse al procedimiento de comprobación de virus que en su caso se establezca.


8. Incumplimiento


El incumplimiento de las normas de uso establecidas en esta normativa conllevará la expulsión del aula, poniéndose en conocimiento de las autoridades competentes para que procedan, en su caso, a la adopción de las medidas disciplinarias o de otra naturaleza, en particular, de responsabilidad patrimonial.

Esta normativa entrará en vigor desde el día posterior a su aprobación en Consejo de Gobierno.